A partir de la sanción de la ley Nº 2.110/06 de Educación Sexual Integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la educación sexual sistemática forma parte del Diseño Curricular para la Escuela Primaria. Primer y segundo ciclo
La inclusión sistemática de la educación sexual exige que se encuadre en un marco formativo que haga explícito el respeto por los derechos humanos
Dicha inclusión reafirma tanto la responsabilidad de la escuela en la protección de los derechos de los niños/as y adolescentes como su capacidad de generar condiciones para igualar el acceso a la información y a la formación.
La ley 2.110 instala legalmente el tema de la educación sexual en el ámbito educativo.
Al hablar de sexualidad estamos incluyendo concepciones que no sólo hacen referencia a los aspectos biológicos, sino a procesos psicológicos, sociales, culturales y éticos, que forman parte de la identidad de cada sujeto ya que el abordaje en la escuela se hace desde una concepción integral. Es decir, se trata de enseñar a:
Conocerse a uno mismo, y valorarse. Reconocer y expresar los sentimientos y los afectos. Comunicarse con el otro. Reconocer el valor que tiene la vida. Cuidarse. Enfrentar y resolver los problemas y los conflictos que se plantean en la vida cotidiana. Relacionarse con los otros de manera solidaria y en el marco de respeto por las diferencias. Poner límites para protegerse frente a situaciones de maltrato y abuso. Decir “no” si la persona se siente amenazada o en riesgo…
En la ley de Educación Sexual Integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el artículo 2 plantea que: “El Ministerio de Educación elabora los contenidos curriculares obligatorios mínimos, graduales y transversales, teniendo en cuenta las distintas etapas de desarrollo de los alumnos/as” y asi deben ser tratados en la escuela , asi deben ser exigidos por las familias y , sobre todo , por los niños y niñas de nuestra escuela : la ley no nos invita a trabajar ESI ,la ley nos “obliga” a hacerlo n con una “clase de ESI” sino trabajando , en forma transversal, los contenidos de las diferentes áreas de conocimiento con los contenidos propios de ESI , los cuales uds pueden leer en la pared frente al ascensor.
Los contenidos se presentarán organizados en dos grandes ejes:
El cuerpo.
La relación con uno mismo y con los demás
Hoy por Agenda Educativa tenemos la Jornada 19 de Educación Sexual Integral
Cada grado , algunos junto a otros , mostrarán lo trabajado hasta el momento y además compartirán una actividad con uds …… hoy, hablando de educación, nos convoca otro evento: la jornada de educación sexual integral
A partir de la sanción de la ley Nº 2.110/06 de Educación Sexual Integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la educación sexual sistemática forma parte del Diseño Curricular para la Escuela Primaria. Primer y segundo ciclo
La inclusión sistemática de la educación sexual exige que se encuadre en un marco formativo que haga explícito el respeto por los derechos humanos
Dicha inclusión reafirma tanto la responsabilidad de la escuela en la protección de los derechos de los niños/as y adolescentes como su capacidad de generar condiciones para igualar el acceso a la información y a la formación.
La ley 2.110 instala legalmente el tema de la educación sexual en el ámbito educativo.
Al hablar de sexualidad estamos incluyendo concepciones que no sólo hacen referencia a los aspectos biológicos, sino a procesos psicológicos, sociales, culturales y éticos, que forman parte de la identidad de cada sujeto ya que el abordaje en la escuela se hace desde una concepción integral. Es decir, se trata de enseñar a:
Conocerse a uno mismo, y valorarse. Reconocer y expresar los sentimientos y los afectos. Comunicarse con el otro. Reconocer el valor que tiene la vida. Cuidarse. Enfrentar y resolver los problemas y los conflictos que se plantean en la vida cotidiana. Relacionarse con los otros de manera solidaria y en el marco de respeto por las diferencias. Poner límites para protegerse frente a situaciones de maltrato y abuso. Decir “no” si la persona se siente amenazada o en riesgo…
En la ley de Educación Sexual Integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el artículo 2 plantea que: “El Ministerio de Educación elabora los contenidos curriculares obligatorios mínimos, graduales y transversales, teniendo en cuenta las distintas etapas de desarrollo de los alumnos/as” y asi deben ser tratados en la escuela , asi deben ser exigidos por las familias y , sobre todo , por los niños y niñas de nuestra escuela : la ley no nos invita a trabajar ESI ,la ley nos “obliga” a hacerlo n con una “clase de ESI” sino trabajando , en forma transversal, los contenidos de las diferentes áreas de conocimiento con los contenidos propios de ESI , los cuales uds pueden leer en la pared frente al ascensor.
Los contenidos se presentarán organizados en dos grandes ejes:
El cuerpo.
La relación con uno mismo y con los demás
Hoy por Agenda Educativa tenemos la Jornada 19 de Educación Sexual Integral
Cada grado , algunos junto a otros , mostrarán lo trabajado hasta el momento y además compartirán una actividad con uds …